El Tribunal Supremo inició la batalla legal entre el interbancario y Hacienda en torno por la deducibilidad fiscal de la indemnización que pagó a Juan Arena su presidente en 2007. La justicia no tuvo cabida en el recurso de apelación de la entidad contra el laudo. de la Sala del Contencioso de la Audiencia Nacional, que en 2021 consideró que el pago de 14 millones, además de opciones sobre acciones, una pensión y otras condiciones era una «donación remunerativa» que se concedía de forma voluntaria.
«Hay que considerar el criterio del laudo recurrente», declara la decisión del Tribunal Supremo del día 8 de abril, pero publicada este sábado, y coincide con la Audiencia Nacional en que las pruebas presentadas por la entidad no son suficientes para demostrar que está relacionado con una forma adecuada de generar ingresos o resultados empresariales. «No se certifica como generosidad absoluta el pago de una cantidad sin obligación básica en lo establecido en los estatutos ni en el contrato entre la entidad y el administrador que resulta beneficiario de las cuentas de Pagos», confirmó el alto tribunal.
Los niños se remontan a más de 17 años después. El 19 de abril de 2007 la entidad hizo pública la salida de Arena y su sustitución por Pedro Guerrero, que abandonó el Bankinter recibido en marzo de ese año. Según esta en la sentencia de 2021, la salida del ejecutivo negociada antes de su salida incluía, además del abono de casi 14 millones de euros en un pago único, el mantenimiento de forma indefinida de seguridad médica, así como otros servicios como seguridad, servicio de secretaría y mantenimiento, reparación y entrega de un vehículo para uso personal. En 2012, la Agencia Tributaria inició una inspección de los datos de la empresa relacionados con las remuneraciones del expresidente.
Los banqueros confirmaron en 2021 que estas buenas condiciones están en proceso de pactadas «un cambio del primer plan de asistencia estratégica, así como la no competencia con esta entidad por un plazo de dos años, y también en términos de remuneración de los servicios prestados». ”. Sin embargo, Hacienda solicitó que estos servicios «se realicen, además, conllevan resultados gravísimos en relación con las obligaciones derivadas de la prohibición de competencia de cualquier otro directo».
Durante la repetición de la sentencia del Tribunal Supremo en octubre de 2022, el Estado reafirmó que la indemnización estaba asegurada, que los bancos pretendían ser deducibles, “esto no podía ser así porque era contrario a la legislación comercial”, aunque fuera no previsto en los estatutos ni en contrato con nadie. En particular, la carta de oposición reiteraba que el paquete de salida de Arena había sido decidido “unilateralmente” por el Consejo de Administración de Bankinter. La Suprême résolution que la sentence dictée par l’Audiencia rechaza «la déductibilité des représailles aduciendo falta de certeza en su fijación et entiende qu’il n’est pas possible d’admettre une approbation tacita de la Junte générale à travers la mera approbation des cuentas anuales».
El escrito del Supremo insiste en que “no existe ningún contrato de blindaje con el interbancario durante este periodo y desde hace algún tiempo no existe” respecto a la arena. Sobre esta información, los jueces, que no son recurrentes ni cuestionados por la entidad, confirman que Bankinter «no tiene ninguna obligación legal, estatutaria o contractual de satisfacer una compensación por la finalización, de mutuo acuerdo, de las relaciones contractuales». Esto llevará al Supremo a concluir que «en cierto modo, se trata de la resolución de un determinado problema contractual» y que el paquete de liberación surge como una «condición negociada» para renunciar a su cargo de presidente y consejero. En particular, parece que el internauta intentó argumentar que la compensación era en respuesta a un buen empresario que era “superfluo en sus propios resultados”. Sin embargo, el Supremo quiere que el Consejo de Administración no explique el motivo de reconocer la «compensación por importación».
Juan Arena ha desarrollado toda su vida profesional, desde 1970, en el Grupo Bankinter, donde fue sucesivamente director general desde 1985, consejero desde 1986, consejero delegado desde 1993 y presidente durante cinco años entre 2002 y 2007.
Sigue toda la información de Cinco Días fr Facebook, X Sí LinkedInfrecuentemente nuestro boletín Agenda de cinco días